Debido a la relevancia del transporte marítimo para la cadena de suministro mundial durante la pandemia del coronavirus (Covid-19), la Organización Marítima Internacional (OMI) considera esencial que todo el personal involucrado esté protegido, incluyendo a los que están a bordo de buques y al personal en tierra que pueda necesitar abordar temporalmente los buques o interactuar con la gente de mar. Por ese motivo, publicó información y orientación sobre el uso seguro y eficaz de los equipos de protección personal (EPP) con el objetivo de reducir al mínimo los riesgos de contagio.

A fin de apoyar la adopción de decisiones y la evaluación de riesgos, la OMI también ha distribuido medidas prácticas para hacer frente a los riesgos del Covid-19 para todo el personal que participa en la interfaz buque-tierra. Reconociendo que existen diferencias en los requisitos nacionales, las directrices proponen un sistema sencillo para evaluar los riesgos y comunicar las medidas de control que se aplicarán, de mutuo acuerdo, para reducir el riesgo de infección.

Igualmente se propusieron medidas y precauciones sencillas a tomar si la asistencia a bordo de un buque es inevitable. Esto incluye reducir al mínimo el número de personas que asisten, el uso de pasillos exteriores en lugar de acceder a través del alojamiento de la tripulación, el lavado frecuente de manos y el mantenimiento del distanciamiento social.

Cabe destacar que las directrices fueron propuestas por una amplia sección de asociaciones industriales mundiales reconocidas como entidades consultivas por la OMI. Entre ella se encuentran la ICS, IAPH,  BIMCO, IACS, IFSMA, IMPA, INTERTANKO, P&I Clubs, CLIA, INTERCARGO, InterManager, IPTA, FONASBA WSC y junto con aportaciones del Consejo Internacional de Empleadores Marítimos (IMEC) y de la Asociación Internacional de Armadores de Buques de Apoyo (ISOA).

Por su parte, la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF) publicó un protocolo universal que incluye medidas sobre higiene y limpieza de equipos, equipos de protección individual (EPI), distanciamiento social, acceso externo de proveedores, disposiciones sobre permisos y teletrabajo temporal, comunicaciones y capacitación.

«Las medidas que recoge este protocolo deben considerarse las medidas mínimas que los empleadores deben aplicar para proteger a portuarios y demás trabajadores y trabajadoras de los terminales portuarios. Debería crearse un Comité Covid-19, con representación sindical, para revisar de manera continua la introducción de medidas preventivas para la fuerza laboral y monitorear todos los protocolos. Cualquier cambio deberá implementarse a través de los convenios colectivos de trabajo y de las estructuras de relaciones laborales apropiadas», explicó la ITF en un comunicado.

Asimismo, recalcaron que la «responsabilidad individual» no puede utilizarse como pretexto para sustituir la responsabilidad de la empresa. «Los empleadores deben reconocer que los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a un lugar de trabajo seguro y saludable y que el derecho a rechazar el trabajo inseguro sigue siendo primordial», agregaron.

Por MundoMaritimo

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